Cada año, cientos de emprendedores y empresarios en el Valle de Aburrá pierden su nombre comercial, sus redes sociales y el prestigio acumulado en su mercado por una sola razón: no entender cómo funciona la Propiedad Industrial en Colombia.
En la legislación colombiana y andina (Decisión 486 del CAN), la Cámara de Comercio solo otorga una matrícula administrativa para operar legalmente. La única entidad en Colombia con la facultad jurídica de otorgarte la propiedad exclusiva sobre un nombre o logotipo es la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
Para proteger jurídicamente tu negocio, el primer paso es distinguir claramente dos trámites totalmente diferentes:
En Colombia rige el principio del Primer Registro (First to File). Esto significa que el derecho legal sobre una marca pertenece a quien primero radique la solicitud formal ante la SIC, independientemente de quién la haya venido usando de manera informal en el mercado o quién tenga la matrícula en la Cámara de Comercio.
Si un tercero o competidor registra tu nombre comercial antes que tú en la SIC, se convertirá legalmente en el único dueño de tu marca y podrá exigirte el retiro inmediato del nombre en fachadas, empaques, sitio web y redes sociales.
En Medellín, un restaurante de comida rápida operó exitosamente durante 4 años. Cuando decidieron vender su primera franquicia, descubrieron que un tercero en Bogotá había registrado exactamente ese mismo nombre ante la SIC dos años atrás.
El resultado fue devastador: la empresa debió cambiar toda su marca, destruir material publicitario impreso, cambiar su dominio web y pagar una indemnización por uso no autorizado de marca ajena. Todo esto pudo haberse evitado con una consulta oportuna de antecedentes marcarios.
En CASTRO VELÁSQUEZ ABOGADOS realizamos el Estudio de Viabilidad Marcaria previo y gestionamos todo el trámite ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para blindar la identidad de tu empresa.
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