Las empresas obligadas a implementar SAGRILAFT en Colombia son aquellas sociedades comerciales vigiladas o controladas por la Superintendencia de Sociedades que, al corte del 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, hayan alcanzado Ingresos Totales o Activos Totales iguales o superiores a 40.000 SMLMV (régimen general), o iguales o superiores a 30.000 SMLMV en sectores de mayor exposición al riesgo (inmobiliario y construcción, vehículos, metales y piedras preciosas, y servicios profesionales). Asimismo, mediante la Circular Externa 100-000020 del 2 de julio de 2026, la SuperSociedades unificó el SAGRILAFT y el PTEE en un solo sistema integral de gestión de riesgos bajo el Capítulo IX, exigiendo el nombramiento obligatorio de un Oficial de Cumplimiento Principal y Suplente antes del 31 de mayo de 2027.
Uno de los errores más frecuentes y costosos que cometen los gerentes generales, socios y juntas directivas en Colombia —particularmente en el dinámico tejido empresarial de Medellín, el Valle de Aburrá y Bogotá— es creer que los sistemas de prevención de lavado de activos y anticorrupción son exclusivos de los bancos o las entidades financieras vigiladas por la SuperFinanciera.
La realidad jurídica es contundente: la Superintendencia de Sociedades ha expandido progresivamente la obligatoriedad del SAGRILAFT y el PTEE a empresas comerciales ordinarias del sector real. No contar con este sistema o limitarse a comprar un "manual de papel" genérico descargado de internet expone a tu compañía a multas administrativas de hasta 200 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV) (más de $260 millones de pesos), sanciones personales contra los administradores e investigaciones conexas que pueden activar alertas ante la UIAF y riesgos de extinción de dominio.
Además, el incumplimiento genera un efecto dominó devastador en el sistema financiero: los bancos cancelan de forma preventiva las líneas de crédito y cuentas corrientes corporativas de las sociedades sancionadas para protegerse del riesgo de contagio.
En esta guía técnica, elaborada por nuestro equipo de asesoría SAGRILAFT y PTEE en Medellín para empresas, analizamos los umbrales de ingresos en salarios mínimos, la reforma unificada de 2026 y los pasos para blindar legalmente a tu sociedad.
La obligación de adoptar el SAGRILAFT no depende de la voluntad de los accionistas, sino del cumplimiento de umbrales objetivos de ingresos o activos al corte del 31 de diciembre del año anterior, según los balances generales aprobados por la Asamblea General:
Aplica a todas las sociedades comerciales sujetas a vigilancia o control de la Superintendencia de Sociedades que registren:
Aplica a empresas que operen en actividades comerciales de alta sensibilidad transaccional y alcancen ingresos o activos iguales o superiores a 30.000 SMLMV:
Aquellas sociedades pertenecientes a sectores específicos que no alcanzan los 30.000 o 40.000 SMLMV pero superan los 3.000 o 5.000 SMLMV de ingresos brutos, están legalmente obligadas a implementar un régimen simplificado con procedimientos básicos de debida diligencia sobre contrapartes y verificación en listas vinculantes.
El PTEE es el sistema regulado por la SuperSociedades para prevenir, detectar y corregir conductas de Corrupción y Soborno Transnacional (reforzado por la Ley 2195 de 2022 de Transparencia).
Antes de esta circular, las empresas debían diseñar dos sistemas paralelos: SAGRILAFT (antiguo Cap. X) y PTEE (antiguo Cap. XIII). Con la nueva Circular Externa 100-000020 de 2026, la Superintendencia de Sociedades derogó las normas previas y fusionó ambas materias en el Capítulo IX, creando el:
(Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo, Armas de Destrucción Masiva, Corrupción y Soborno Transnacional).
Esta unificación exige a las empresas integrar sus manuales en una única matriz viva de riesgos, centralizar la debida diligencia de contratos comerciales y acuerdos de confidencialidad y reportar mediante una sola estructura de control.
El Oficial de Cumplimiento es la piedra angular del sistema. La reforma de la Circular 100-000020 introdujo cambios determinantes en este rol:
El régimen sancionatorio de la Superintendencia de Sociedades es riguroso y cuenta con múltiples escalas de castigo administrativo y judicial:
El Escenario: Una reconocida empresa dedicada al suministro de materiales y acabados de construcción en el Valle de Aburrá experimentó dos años de fuerte expansión comercial, superando los 33.000 SMLMV en activos al cierre del ejercicio fiscal al 31 de diciembre.
La Omisión: El gerente general y la dirección contable asumieron erróneamente que, al tratarse de una sociedad cerrada (constituida bajo el tipo societario S.A.S.) y de carácter familiar, la regulación de SAGRILAFT no les resultaba prioritaria. Dejaron vencer el plazo legal sin diseñar la matriz ni nombrar al Oficial de Cumplimiento.
La Sanción de la SuperSociedades: Tras un requerimiento de información no atendido y una visita de inspección administrativa, la Superintendencia abrió pliego de cargos formal que concluyó con:
La Solución Implementada: Con la intervención de abogados especializados en derecho corporativo, se diseñó de emergencia la matriz integral de riesgos, se contrató un Oficial de Cumplimiento idóneo, se estructuraron las políticas de debida diligencia de clientes y proveedores y se radicó un plan de allanamiento y subsanación ante la Superintendencia, logrando levantar las alertas y normalizar la operación bancaria.
Descarga el texto normativo oficial expedido por la Superintendencia de Sociedades con la reexpedición integral de la Circular Básica Jurídica y la regulación completa del nuevo Capítulo IX: Sistema Unificado de Gestión de Riesgos LA/FT/FP y C/ST.
En CASTRO VELÁSQUEZ ABOGADOS realizamos el diagnóstico preventivo de obligatoriedad, estructuramos tu matriz de riesgos a la medida bajo la Circular 100-000020 de 2026 y blindamos jurídicamente a tu sociedad ante la Superintendencia de Sociedades en Medellín y toda Colombia.
Solicitar Diagnóstico de Cumplimiento por WhatsAppEste artículo tiene un propósito puramente educativo e informativo. Si requieres asesoría legal estructurada para el diseño o actualización de tu sistema de cumplimiento, nuestro equipo corporativo está listo para acompañarte.